Condiciones generales

 

Definiciones

CALL - Cambridge Acoustic Laboratory Limited.

Patrocinador - La segunda parte del contrato.

Contrato - El Contrato al que se aplican los presentes Términos y Condiciones. El Contrato puede establecerse mediante un documento contractual formal o la emisión por la CONVOCANTE, y aceptación por el Patrocinador, de un presupuesto. La emisión y aceptación podrá realizarse mediante intercambio de cartas, formulario oficial de pedido, correo electrónico o transmisión por fax. El Contrato y los presentes Términos y Condiciones constituyen el pleno entendimiento entre las partes y el Patrocinador reconoce que no ha confiado en ninguna declaración realizada por CALL que no esté incluida en el presente Contrato.

Informe - El documento o documentos escritos facilitados por CALL al Promotor.

Servicios - Prestación de servicios de ensayo, investigación, consultoría, comerciales u otros servicios profesionales. Dichos servicios se definirán en el presupuesto.

Fuerza Mayor - Cualquier acontecimiento fuera del control de CALL, incluyendo condiciones meteorológicas adversas, huelgas, acción industrial, reducciones o interrupciones en el suministro de servicios esenciales de gas/electricidad/agua, fallo de plantas y equipos e interrupción en el suministro de materiales.

Todos los servicios prestados y trabajos realizados por Cambridge Acoustic Laboratory Limited (CALL) se realizan únicamente de acuerdo con los siguientes Términos y Condiciones. Los pedidos se aceptan únicamente sobre la base de que estos Términos y Condiciones forman parte del contrato entre CALL y el Patrocinador. Los presentes Términos y Condiciones se aplicarán a todos y cada uno de los contratos celebrados entre CALL y el Patrocinador.

Las presentes Condiciones prevalecerán sobre cualesquiera Condiciones impuestas por el Patrocinador, salvo acuerdo expreso por escrito de la CONVOCATORIA.

Confidencialidad

CALL mantendrá, en todo momento, la confidencialidad de la información del Patrocinador, incluidos los acuerdos relativos a cualquier prueba realizada para el Patrocinador, el resultado de dicha prueba, cualquier Informe elaborado o cualquier otra información relativa a las relaciones de los Patrocinadores con CALL.
El Patrocinador podrá, a su entera discreción, autorizar a CALL a divulgar el contenido de cualquier Informe o facilitar cualquier otra información a un tercero, siempre que dicha autorización se otorgue por escrito.
Esta cláusula de confidencialidad quedará automáticamente sin efecto en caso de que CALL tenga conocimiento de que dicho Informe, resultado de prueba u otra información emitida por CALL haya sido alterada o abreviada por el Patrocinador con el fin de tergiversar dicho Informe, resultado de prueba u otra información a un tercero.
El Promotor mantendrá en todo momento la confidencialidad de toda la información relativa a los procedimientos, documentación y asuntos comerciales de CALL de la que el Promotor pueda tener conocimiento durante su visita a las instalaciones de CALL, o en sus relaciones con CALL durante la vigencia del contrato.

Conservación del título

CALL conservará la titularidad de los derechos de autor de todos los Informes, planos, cálculos y cualesquiera otros documentos elaborados por CALL durante el contrato.

El Promotor no realizará copias de ningún documento sin la aprobación por escrito de la CONVOCATORIA. La CONVOCATORIA no denegará injustificadamente dicha autorización y, en caso de denegación, la CONVOCATORIA comunicará por escrito sus motivos al Promotor.

Resultados de las pruebas e informes

CALL siempre tomará las medidas necesarias para garantizar que cualquier opinión o consejo dado como parte del contrato sea correcto. Sin embargo, CALL no aceptará responsabilidad alguna por cualquier pérdida o daño derivado del uso de cualquier opinión o consejo dado al Patrocinador. CALL no será en ningún caso responsable ante el Patrocinador, ya sea por contrato, agravio (incluyendo negligencia), incumplimiento de deberes legales, o de otro modo, por cualquier pérdida de beneficios, o cualquier pérdida indirecta o consecuente causada por factores fuera del control razonable de CALL. La responsabilidad de la CONVOCATORIA con respecto a cualquier otra pérdida por negligencia de la CONVOCATORIA no excederá de 5.000.000 GBP. Esta limitación sobrevivirá a la terminación o expiración del Contrato.

Salvo acuerdo de un directivo de la Compañía, el Patrocinador tiene derecho a una copia de cualquier Informe.

Ningún resultado de la prueba, Informe, datos u otra información proporcionada al Patrocinador, se considerará que confiere derechos o garantías de ningún tipo a ningún tercero Patrocinador o cliente del Patrocinador de la Convocatoria.

Muestras de ensayo, materiales y especímenes

CALL tiene el deber para con sus empleados y terceros que visiten sus instalaciones de cumplir con las normas de salud y seguridad. Con este fin, el Promotor será siempre responsable de informar a CALL (por escrito, al inicio de cualquier negociación contractual) de la naturaleza exacta de cualquier material presente en cualquier muestra que pueda crear un peligro, desprender humos tóxicos o ser perjudicial para la salud cuando se someta al proceso de prueba e instalación.

El personal de CALL utilizará siempre equipos de protección individual (EPI) adecuados y tomará las medidas apropiadas para reducir el riesgo general para la salud y la seguridad de los asistentes durante los procedimientos de pruebas acústicas. CALL siempre se esforzará por proporcionar un entorno de trabajo seguro y reducir cualquier exposición al riesgo asociado con el procedimiento de pruebas acústicas. No obstante, cuando el Patrocinador haya notificado a CALL la existencia de materiales peligrosos y no se disponga del EPI adecuado u otras medidas de seguridad para hacer frente al riesgo específico asociado a dichos materiales, CALL se reserva el derecho a posponer o cancelar la prueba.

Si el Patrocinador no informa a CALL de la presencia de materiales peligrosos desde el principio, tal y como se ha indicado anteriormente, y se descubre que dichos materiales están presentes y no se pueden tratar de forma segura, se deberá abonar un cargo de cancelación como si el Patrocinador hubiera cancelado la prueba.

Cuando se acuerde que el Promotor tendrá la responsabilidad del suministro, preparación y/o instalación de cualquier equipo, materiales, documentos u otros elementos para permitir que se lleve a cabo una prueba, será responsabilidad del Promotor garantizar que dichos elementos se entreguen, preparen y/o instalen en la fecha y hora especificadas por la CONVOCATORIA.

La CONVOCATORIA realizará en todo momento ajustes razonables en sus calendarios de pruebas para hacer frente a problemas imprevistos que afecten a la entrega de cualquiera de dichos elementos. No obstante lo anterior, la CONVOCATORIA se reserva el derecho a reclamar daños y perjuicios al Promotor en relación con cualquier pérdida causada por el incumplimiento por parte del Promotor de la entrega, preparación y/o instalación de cualquiera de los elementos en la fecha y hora acordadas. Estos daños podrán incluir, entre otros, cualquier pérdida de beneficios, costes adicionales de personal y costes de almacenamiento de los artículos.

Cuando CALL haya acordado suministrar materiales, equipos u otros artículos específicamente para el contrato, éstos se definirán desde el principio y sus costes se incluirán en el coste total del contrato.

A menos que los requisitos de acondicionamiento se acuerden por separado con CALL, es responsabilidad del Promotor garantizar que cualquier componente de la muestra se entregue a CALL con un contenido de humedad óptimo cuando así lo requiera la norma de ensayo.

En caso de que el Patrocinador realice la instalación, la(s) fecha(s) disponible(s) para la instalación será(n) la(s) especificada(s) en el contrato y entre las 9:00 y las 17:00 horas, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.

Anulación o aplazamiento

En caso de cancelación o aplazamiento de una Prueba a petición del Patrocinador, CALL se reserva el derecho a reclamar daños y perjuicios al Patrocinador de conformidad con cualquier cláusula de este tipo establecida en el Contrato. Cuando se cancele una Prueba por motivos ajenos al control razonable de la CALL, la CALL volverá a organizar la Prueba para la siguiente fecha conveniente para ambas partes.

Precios y pagos

El coste total de los servicios prestados por CALL se acordará con el Patrocinador, y el precio acordado se hará constar por escrito. El precio del contrato se considerará comunicado y acordado por ambas partes por escrito cuando dicha comunicación se realice por carta, orden oficial, correo electrónico o transmisión por fax.

El Promotor se compromete a efectuar el pago dentro de los 30 días siguientes al final del mes en el que se haya emitido la factura de CALL o, cuando el Promotor no disponga de una cuenta de crédito acordada, por adelantado, contra factura o solicitud de pago, lo que establezca el Contrato.

Terminación

La CONVOCATORIA podrá resolver el presente Contrato de forma inmediata mediante notificación por escrito en caso de que:

El Patrocinador comete un incumplimiento sustancial del Contrato y dicho incumplimiento no se corrige en un plazo razonable que determinará CALL teniendo en cuenta las circunstancias de dicho incumplimiento; o bien

Se inicien procedimientos por o contra el Patrocinador en virtud de las leyes de quiebra, suspensión de pagos o insolvencia; o

La empresa del Patrocinador es vendida, transferida o reestructurada de cualquier otra forma sin que CALL haya sido notificado por escrito y se le haya dado la seguridad por escrito de que el contrato se transfiere con la actividad de la empresa del Patrocinador.

En caso de rescisión del Contrato, cualquiera que sea el motivo, los trabajos en curso o los informes de pruebas finalizados u otros trabajos no facturados, pasarán a ser inmediatamente pagaderos por el Promotor o, en caso de insolvencia, por los representantes.

Litigios y servicio formal

En caso de que las partes no resolvieran cualquier conflicto derivado del presente contrato, el asunto se someterá a un único árbitro designado por el presidente del Colegio de Abogados.

El presente Contrato y los Términos y Condiciones se rigen por las Leyes de Inglaterra.

La notificación de cualquier requerimiento relacionado con el presente contrato se realizará por escrito y se dirigirá a la otra parte a su domicilio social o lugar habitual de negocios.